Marco Legal de la Gestión Ambiental en Venezuela
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Capítulo IX
“De los derechos ambientales"
ARTÍCULO 127.
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
ARTÍCULO 128.
El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
ARTÍCULO 129.
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.
Tratados Internacionales
- Protocolo relativo a las Áreas de Flora y Fauna Silvestre Especialmente Protegidas (SPAW): su objetivo es proteger y preservar en la zona de aplicación del Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, los ecosistemas raros o vulnerables, así como el hábitat de las especies amenazadas o en peligro de extinción.
- Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO: su objetivo es establecer un sistema eficaz de protección colectiva del patrimonio cultural y natural de valor excepcional organizado de una manera permanente y según sentido científico moderno.
- Ley Aprobatoria del Tratado Internacional sobre los Recursos Filogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Minerales relacionados: su objetivo es la conservación y la utilización sostenible de los recursos filogenéticos para la alimentación y la agricultura y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria.
- Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional; actualmente denominada “Convención RAMSAR para los Humedales” (1988).
- Convención sobre Diversidad Biológica (1994) de la cual se derivan la Decisión 391 de la Junta del Acuerdo de Cartagena sobre el Régimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos y el Protocolo de Bioseguridad
- Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (1994).
- Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (1998).
- Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (2004).
- Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional (2004).
- Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, 2004.
- Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (2004).
Ley Orgánica del Ambiente
Artículo 8.
La gestión del ambiente se aplica sobre todos los componentes de los
ecosistemas, las actividades capaces de degradar el ambiente y la evaluación de
sus efectos.
Artículo 12.
El Estado, conjuntamente con la sociedad, deberá orientar sus
acciones para lograr una adecuada calidad ambiental que permita alcanzar
condiciones que aseguren el desarrollo y el máximo bienestar de los seres
humanos, así como el mejoramiento de los ecosistemas, promoviendo la
conservación de los recursos naturales, los procesos ecológicos y demás
elementos del ambiente, en los términos establecidos en esta Ley.
Artículo 34.
La educación ambiental tiene por objeto promover, generar,
desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes
y actitudes para contribuir con la transformación de la sociedad, que se reflejará
en alternativas de solución a los problemas socio-ambientales, contribuyendo así
al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la
participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable.
Leyes Ordinarias
• Ley Penal del Ambiente (1992)
• Ley Forestal de Suelos y Aguas
(1966)
• Ley de Protección a la
Fauna Silvestre (1970)
• Ley de Pesca (1944)
• Ley de Minas (1999)
• Ley sobre sustancias,
materiales y desechos
peligrosos (2001)
Decretos
Decreto 1.257: Normas sobre Evaluación Ambiental de
actividades susceptibles de degradar al ambiente (1996).
Artículo 1.
Estas Normas tiene por objeto establecer los procedimientos conforme a los cuales se
realizará la evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente.
Artículo 16.
Para la tramitación de la aprobación o autorización para la ocupación del territorio, los
interesados llenarán un Cuestionario Ambiental, que será publicado, mediante Resolución, por el
Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables.
Artículo 26.
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables podrá ordenar un
proceso de revisión y consulta pública de los Estudios. De abrirse dichos procesos, las
observaciones o comentarios se consignarán por escrito, incluyendo fundamentos técnicos,
científicos y jurídicos que los sustenten.
Las observaciones podrán ser incorporadas total o parcialmente a los Estudios de acuerdo a su
análisis técnico.
En todo caso, los promotores de los proyectos sujetos a la elaboración de un Estudio de Impacto
Ambiental publicarán, en un diario de circulación local, una notificación informando sobre el
comienzo de la realización del Estudio.
Artículo 27.
Los Estudios de Impacto Ambiental aprobados conforme a lo establecido en este
Reglamento permanecerán a la disposición del público en los Centros de Documentación del
Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, para su revisión y consulta. Los
interesados podrán solicitar al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables
que se mantenga en reserva la información integrada a dichos documentos que puedan afectar
derechos de propiedad industrial e intereses lícitos de naturaleza mercantil.
Decreto 883
Artículo 1.
El presente Decreto establece las normas para el control de
la calidad de los cuerpos de agua y de los vertidos líquidos
Decreto 638
Artículo 1.
Este Decreto tiene por objeto establecer las normas para el mejoramiento de la calidad del aire y la prevención y control de la contaminación atmosférica producida por fuentes fijas y moviles capaces de generar emisiones gaseosas y partículas.
RESOLUCIÓN 056
Establece los recaudos necesarios que deben presentarse a los
fines de la evaluación ambiental de los proyectos mineros y de
hidrocarburos, de conformidad con lo establecido en el Decreto
Nº 1.257, Art. 16.
Establece los contenidos de los siguiente documentos:
- Cuestionario ambiental para minería (CA) a ser presentado para la tramitación de AOT.
- Solicitud de AARNR en la fase de exploración minera.
- Plan de supervisión de desarrollo de la actividad.
- Solicitud de AOT para la exploración y producción de hidrocarburos.
- Solicitud de AARNR para la prospección sísmica de la fase de exploración de hidrocarburos.
EL BLEDO
A partir del estudio de la Ecología y Gestión Ambiental, se adquirió conocimiento de lo que es el BLEDO el cual es una planta alimenticia con una riqueza en nutrientes. Declarada por la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura) , como la planta con mas alto contenido en hierro, proteínas, vitaminas y minerales. Con esta planta se pueden hacer diferentes recetas de comidas. Debido a ello hemos realizado una serie de recetas, que a continuación se presentan.
Crema de Bledo
(1 porción)
Ingredientes:
- 1 kilogramos de bledo.
- 3 papas.
- 3 apios.
- Un trozo de cebolla al gusto.
- Un diente de ajo.
- Media cuchara pequeña de sal.
- Taza y media de agua.
Preparación:
- Pelar las papas, los apios y el diente de ajo. Limpiar el bledo, quitar las hojas marchitas y los tallos.
- Colocar la taza y media de agua en una olla a fuego medio, allí colocar las papas, los apios, el diente de ajo, el trozo de cebolla y la media cuchara pequeña de sal. Dejar hervir hasta que ablanden los apios y papas.
- 5 minutos antes de que se ablande todo, colocar el kilogramo de bledo.
- Después de hervir, proceder a licuar todo.
- Volver a cocinar a fuego medio y colocar mantequilla al gusto.
Arepa de Bledo
Ingredientes:
Para 4
personas
- 4 calabacines
- 2 tazas de bledo ó pira.
- Cilantro al gusto.
- ¼ kg de tomates Cebollín al gusto.
- Ajo porro al gusto.
- Cebolla.
- 4 dientes de ajos machacados.
- Sal al gusto.
- 1 hoja de albahaca.
- Un pedacito de pimentón.
Preparación:
- Se lavan y pican en cuadros los calabacines, dejando
- La parte trasera de 2 de ellos secándole el relleno y dejando como una cestica, luego Se hierven por 10 minutos.
- De igual manera se hace con el bledo pero por 5 minutos.
- Se lavan y se hierven durante 15 minutos el tomate.
- Se deja reposar para enfriar y licuar.
- Una vez luego de reposar previamente tibio no caliente se le agrega a la licuadora, el calabacín junto con el tomate.
- Se le agrega el cebollín, ajo, ajo porro, cebolla y el pimentón, se licua junto todos los ingredientes.
- Una vez todo licuado, se coloca a fuego lento, se pica el cilantro y se le agrega.
- Ya el bledo cocinado por 5 minutos, se pica y se le agrega a la salsa.
- Se le agrega sal al gusto .
- Se puede decorar a su gusto, con la parte trasera de los calabacines se le coloca dentro la salsa, una vez decorado el plato se le coloca la hoja de albahaca en la parte de arriba y listo.
- Se acompaña con pedazos de pan, galletas de soda ó al gusto del cliente.
Sopa
de Auyama con Bledo
Ingredientes
- ½ kilo de auyama
- 1 cebolla
- Un pedacito de pimentón
- 2 dientes de cilantro
- Queso
- 1 cda. De mantequilla
- Aceite
- Bledo
- Sal.
Preparación
Se pela la auyama se corta en trozos grandecitos se agrega
en una olla, se le echa la cebolla, el pimentón y los dientes de ajo. Se le
agrega un poquito de aceite y agua, por último se le agrega un poquito de sal y
el Bledo. Dejamos hervir hasta que la auyama este blandita.
Se
apaga, la agregamos a la licuadora, se licua hasta que quede sin trozos y le
colocamos trocitos de queso y mantequilla.
Jugo de bledo, bebida refrescante
Ingredientes
Cogollos tiernos de la planta (a los que se conoce como pira) Azúcar, panela o miel Zumo de limón o naranja Hielo al gusto.
Preparación
Se licúa y se cuela en un tamiz, para después añadirle el zumo de limón o naranja, hielo y el endulzante preferido.
El bledo es una planta medicinal usada en el pasado para aderezar comidas. En la actualidad lo consideran un oxigenante natural, aparte de que funciona como bebida refrescante. La población la usa como medicina natural, aparte de su contenido alimenticio.
COMPARTIENDO EL BLEDO
Se visitó la comunidad los Tulipanes, donde se realizo una propuesta para dar a conocer la planta del Bledo. Se realizo una charla donde estaban presente un grupo de padres y se les hablo de la importancia del ambiente, ecosistema, biodiversidad y se enfatizo y enfoco más en lo que es el bledo que se encuentra fácilmente en esa comunidad, pero ignoraban sus características saludables y alimenticias. También se les oriento sobre la importancia de los patios productivos y se llevo a cabo en la escuela con los niños de Educación Inicial, se les desarrollo la misma charla que a los adultos, mediante fotos ilustradas en una lamina, ademas de ello se les hablo de las 3R y en conjunto con ellos se realizo semilleros de bledo, con potes de refresco, cartones de huevos;abono orgánico con hojas de arboles y desperdicios de conchas de verduras, cascaras de huevo, entre otras.


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